Preguntas y respuestas frecuentes
Aquí encontrarás las respuestas a las consultas más comunes realizadas por los ciudadanos marabinos sobre las actividades, trámites e información sobre el Consejo Municipal de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes:
¿Quiénes pueden denunciar?
El propio niño, niña o adolescente, la familia, la sociedad en general, los trabajadores de los servicios y centros de salud de las escuelas, planteles e institutos de educación de las entidades de atención y de las Defensorías en esta materia.
Según lo estipula el Artículo 91° de la LOPNNA, todas las personas tienen el derecho de denunciar ante las autoridades competentes los casos de amenazas o violaciones a los derechos o garantías de los niños, niñas y adolescentes.
¿Puedo contactar a la Defensoría sin avisar a mis papás?
Sí, la Defensoría y su equipo multidisciplinario están para escucharte, apoyarte y orientarte.
Si estás en alguna situación en la que te sientes en peligro, en que sientas que tus derechos no están siendo respetados, puedes contactarnos.
¿A partir de qué edad los adolescentes tienen responsabilidad penal?
A partir de los 14 años los adolescentes tienen responsabilidad penal.
¿Cuáles son las funciones del Consejo de Derechos?
Proteger, defender, garantizar y restituir los Derechos Colectivos y Difusos de la infancia y la adolescencia, así como promover la participación en defensa de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
¿Cuál es la edad mínima para trabajar?
En todo el territorio nacional, la edad mínima para trabajar es de 14 años.
Sin embargo, ell Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes podrá autorizar, en determinadas circunstancias debidamente justificadas, el trabajo de adolescentes por debajo de la edad mínima, siempre que la actividad a realizar no ponga en riesgo su derecho a la educación, sea peligrosa o nociva para su salud o desarrollo integral o se encuentre expresamente prohibida por ley.
¿Todos tenemos derechos por igual?
Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición.
¿Cuáles son los principales derechos que tienen los Niños, Niñas y Adolescentes?
- A la vida.
- A la salud.
- Al descanso, el esparcimiento, el juego, la creatividad y las actividades recreativas.
- A la libertad de expresión y a compartir sus puntos de vista con otros.
- A un nombre y una nacionalidad.
- A una familia.
- A la protección durante los conflictos armados.
- A la libertad de pensamiento, conciencia y religión.
- A la protección contra el descuido o trato negligente.
- A la protección contra el trabajo infantil y contra la explotación económica en general.
- A la educación, que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales.
- A la protección contra toda clase de explotación y/o abuso sexual.
¿Qué se entiende por vulneración de derechos?
El concepto de “vulneración de derechos” corresponde a cualquier transgresión a los derechos de niños, niñas y adolescentes establecidos en la Convención sobre los Derechos del Niño, la cual puede ser constitutiva de delito o no, dependiendo de nuestra legislación.
Independientemente de ello, cualquier vulneración de derechos es grave, por lo que el Estado debe realizar todas las acciones destinadas a prevenir estos hechos y a entregar mecanismos de restitución de derechos una vez ya vulnerados.
¿Un niño, niña o adolescentes deja en algún momento de tener derechos?
Los niños, niñas y adolescentes nunca pierden su calidad de sujetos de derechos, pues son inherentes a ellos, tal como se expresa en la Convención de Derechos del Niño (CDN), ratificada por Venezuela en 1990.
Los derechos humanos de niños, niñas y adolescentes no están condicionados al cumplimiento de deberes.
¿Qué es la Convención sobre los Derechos del Niño?
La Convención sobre los Derechos del Niño establece que dichos derechos deben hacerse realidad para que los niños, adolescentes y jóvenes desarrollen todo su potencial y estén protegidos de la violencia, los abusos y los daños.
¿Cómo denunciar el delito de Abuso Sexual?
Debes acudir a la agencia del Ministerio Público más cercana a donde ocurrió el delito.
Si el abuso sexual ocurrió en un espacio público (en el transporte público, en el parque, en la calle, etc) puedes auxiliarte de un policía para que te indique dónde denunciar.
Incluso, si en ese momento hay un policía cerca, puedes pedirle que haga la detención de tu agresor (en flagrancia) para presentarlo ante el Ministerio Público.
¿Quién debe denunciar el delito de abuso sexual?
La víctima puede realizar la denuncia a través de sus representantes legales, padre, madre o tutores, pero también puede denunciar de forma autónoma.
La falta de consentimiento de los representantes legales o su ausencia no limita la denuncia y la investigación.
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